Base Horas Extras

Opciones

Principal
Novedades
Enlaces
Impresos y tablas
Nomina
Datos empresa
Datos del trabajador
Periodo de liquidación
Total días
Devengos
P. Salariales
P. NO Salariales
Total devengado
Deducciones
Aportaciones S.S.
I.R.P.F.
Anticip. Especie Otr.
Seguros Sociales
Base C.Comunes
Base C.Profesionales
Aportación empresa
Base Horas Extras
Base IRPF
Total a deducir
Liquido a percibir
Fecha y firmas
TC2
TC1
TC1-Datos empresa
TC1-Otros datos
TC1- Tc2 abreviado
TC1- Cont.generales
TC1- AT y EP
TC1- Otras cotizaciones
TC1 - A ingresar
Supuestos

 

 

Por hora extraordinaria se entiende cada hora de trabajo efectivo que se realice sobre la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo establecida legalmente, o pactada en convenio colectivo o contrato de trabajo. La cotización adicional por horas extraordinarias vendrá determinada por la aplicación del tipo (%) que corresponda, en función de la naturaleza de dichas horas (por fuerza mayor y el resto de horas extras no comprendidas como de fuerza mayor), por la remuneración total percibida por el trabajador por este concepto y sin sujeción a topes máximo o mínimo

CALCULO DE LA BASE DE COTIZACIÓN POR HORAS EXTRAS:


Es el importe abonado por las horas extras sin límite alguno. Separando las de FUERZA MAYOR de las del RESTO  de horas.

EN NUESTRO EJEMPLO:

 

HORA EXTRA NORMAL:

El concepto en si de horas extras estructurales y no estructurales, está en desuso, si bien se sigue aplicando esa definición en determinados Convenios. La realidad es que la legislación solo reconoce las horas extras normales y las horas por fuerza mayor.

Son aquellas horas de trabajo que se realizan sobre la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo. Se regulan en el art. 35 del Estatuto de Trabajadores.

Hora extra normal estructurada: Son horas de carácter voluntario para el trabajador, salvo que éstas se hayan pactado en convenio colectivo o contrato individual. Son horas con las que la empresa pretende hacer frente a un aumento de la actividad, pedidos imprevistos, períodos punta de producción, ausencias imprevistas, cambios de turno u otras circunstancias de carácter estructural derivadas de la naturaleza de la actividad de que se trate.

Cotizan el 28,3% (23,6% a cargo de la empresa y 4,7% el trabajador).

Hora extra normal no estructurada: Son horas de carácter voluntario para el trabajador, salvo que éstas se hayan pactado en convenio colectivo o contrato individual. No responden a necesidades excepcionales de la empresa sino que surgen para cubrir necesidades normales y previsibles del ciclo productivo como un sistema más cómodo y rentable, para empresa y trabajador, que la contratación de nuevos trabajadores.

Cotizan el 28,3% (23,6% a cargo de la empresa y 4,7% a cargo del trabajador).

Tope anual: 80 Horas.

 

HORAS DE FUERZA MAYOR:

Son horas necesarias para prevenir o reparar un daño que pueda producirse sobre las personas o sobre el patrimonio de la empresa (INCENDIO, INUNDACIÓN, TERREMOTO, EXPLOSIÓN, PLAGAS DEL CAMPO, GUERRA, TUMULTO O SEDICIONES O CUALQUIER ACONTECIMIENTO DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO). Estas horas son obligatorias para el trabajador, pueden pagarse en dinero o compensarse con tiempo de descanso.

No computan a efectos de las 80 horas .

Cotizan el 14% (12% a cargo de la empresa y 2% a cargo del trabajador).

 

 

RESUMIENDO:

Las horas extras se pueden pagar con dinero o con descansos.

El precio de la hora extra vendrá marcado en el Convenio que te corresponda.

No existe un baremo. Lo único que marca la ley es que la hora extra nunca podrá estar por debajo del valor de la hora ordinaria. (Sí, desgraciadamente, puede valer lo mismo).

La ley marca un máximo de 80 horas extras anuales, da igual que sean estructuradas que no.

Recuerda que son voluntarias todas excepto las de obligado cumplimiento que son las de fuerza mayor.

 

 

 

 

 

 

Principal ] Novedades ] Enlaces ] Impresos y tablas ] Nomina ] Datos empresa ] Datos del trabajador ] Periodo de liquidación ] Total días ] Devengos ] P. Salariales ] P. NO Salariales ] Total devengado ] Deducciones ] Aportaciones S.S. ] I.R.P.F. ] Anticip. Especie Otr. ] Seguros Sociales ] Base C.Comunes ] Base C.Profesionales ] Aportación empresa ] [ Base Horas Extras ] Base IRPF ] Total a deducir ] Liquido a percibir ] Fecha y firmas ] TC2 ] TC1 ] TC1-Datos empresa ] TC1-Otros datos ] TC1- Tc2 abreviado ] TC1- Cont.generales ] TC1- AT y EP ] TC1- Otras cotizaciones ] TC1 - A ingresar ] Supuestos ]